Este tipo de sociedad mercantil mantiene una personalidad jurídica por su cuenta y se distingue de la de sus miembros, como un patrimonio propio.
Las sociedades mercantiles tienen 3 tipos de órganos en su interior:
- El que gobierna la entidad
- El que se encarga de administrar
- El que orienta acciones de vigilancia
¿Cuáles son los requisitos que toda sociedad debe reunir?
Afán de lucro. Esto significa que la persona moral será constituida para generar beneficios económicos. Si no se pretende tener beneficios económicos o de lucro, entonces no se constituye una sociedad mercantil.
Contribución a las pérdidas. Es el riesgo inherente al negocio y es compartido por todos los socios.
Aportación inicial. Es la contribución patrimonial de los socios: puede estar representada por dinero, bienes muebles o inmuebles o bien, trabajo.
La affectio societatis. Que es la intención existente por parte de los socios de lograr un bien común para la sociedad.
En México la ley reconoce las siguientes Sociedades Mercantiles:
- Sociedad en nombre colectivo (S. en N.C.)
La responsabilidad de los socios es ilimitada, es decir, responden todos con el total de su patrimonio por cualquier monto de las obligaciones sociales. Es solidaria, ya que cualquiera de los socios responde al importe de las obligaciones y Subsidiaria porque ningún socio es obligado al pago de deudas sociales.
- Sociedad en comandita simple (S. en C.S.)
Se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales, y de uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados hasta por el monto del pago de sus aportaciones.
La nota distintiva de esta sociedad, es la desigualdad jurídica de sus socios, ya que habrá al menos uno que responda ilimitadamente y los otros solo responderán por el importe de su aportación.
- Sociedad anónima (S.A.)
Para constituir una sociedad anónima se requiere que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos; que el capital social sea de cincuenta mil pesos como mínimo y que este sea íntegramente suscrito.
Que se exhiba en dinero en efectivo cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario, y que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos al numerario.
Entre los requisitos principales están:
- Formación del contrato
- Adhesión y Aportación
- Inscripción en el Registro Público de Comercio
- Sociedad en comandita por acciones (S. en C. por A.)
Podrá existir bajo una razón social que se formara con los nombres de uno o varios socios comanditados seguido de la palabra ‘’y compañía’’ u otras equivalentes cuando en ellas no figuren los de todos.
Es una sociedad mercantil, que se divide en acciones, en la que sus socios solo responden con sus aportaciones, funciona con los principios de una S.A.
- Sociedad cooperativa (S.C.)
Las sociedades cooperativas son las que se integran por individuos de la clase trabajadora que aportan a la sociedad su trabajo personal cuando se trate de cooperativas de productores; o se provean a través de la sociedad o utilicen los servicios que esta distribuye cuando se trate de cooperativas de consumidores.
Este tipo de sociedad funciona sobre principios de igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros, funciona con un numero variable de socios nunca inferior a diez, su capital es variable y su duración indefinida, concede a cada socio un voto, no persigue fines de lucro.
Entre sus principales características están:
- Mínimo de socios de 10 personas.
- Su capital social está formado por las aportaciones de socios y donaciones.
- Se dedican al comercio.
- Cuando se disuelve, esta se liquida, cancela su pasivo y cobra aquellos créditos que haya concedido.
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